Combates legales y antirreligiosos: La apuesta política de Carlos Jáuregui por la conquista de la unión civil / Mabel Bellucci*

Hacia los inicios de la década de 1980, contrariamente a lo que cabría esperar, la última gran pandemia del siglo XX, el SIDA, no significó una simple pérdida de seres queridos y de vidas humanas que no pudieron ser lloradas en el espacio público; es decir, no fue un mero problema individual. Por el contrario, pese al duelo, a la vergüenza y a la incertidumbre, la enfermedad activó con pujanza la discusión y la implicancia militante internacional de las personas seropositivas y de la comunidad gay, afectados en la lucha. Surgieron agrupaciones en Londres, Berlín y París basándose exactamente en el modelo estadounidense, ACT UP, un grupo de acción directa fundado en marzo de 1987 en New York. que se distinguían de las europeas por sus acciones espectaculares, donde la retórica era sobre todo política. Una lucha colectiva llevada adelante contra la enfermedad, la muerte y la inacción del Estado1. ACT UP forzó a las compañías farmacéuticas y al gobierno a cambiar el modo en que se hacía investigación sobre medicamentos, hizo posible que las personas con sida tuvieran seguro de salud, llevó a cabo programas de viviendas. Todas victorias concretas fueron conseguidas por personas básicamente ilegales, cuenta la escritora Sarah Schulman en su libro Let The Record Show (Que conste en actas)2. Fue un catalizador poderoso que, para contrarrestar la indiferencia del Estado, la estigmatización social y las propuestas de odio, logró impulsar la organización de los movimientos de las minorías sexuales. Ello supuso un momento importante en la lucha por la conquista de los derechos civiles como batalla primordial. Así, las secuelas dejadas por la epidemia generaron cambios radicales en las demandas de esa comunidad: reclamaron su ingreso a instituciones tradicionales como un territorio todavía no conquistado, como fue el contrato de Unión Civil. En consecuencia, la unión ya no representaba un proyecto del futuro, sino que la pandemia la había convertido en un acuerdo legal para salvaguardar la vida de los deudos. De esta manera, las relaciones homosexuales alcanzaron una nueva visibilidad.
Activismos, memorias de las minorías sexuales en Buenos Aires
El 1º de junio de 1988 el fundador y presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), de la agrupación Gays por los Derechos Civiles (Gays DC)3 e impulsor de las Marchas del Orgullo, Carlos Jáuregui (1957-1996), enfrentó el golpe más duro hasta ese momento: su pareja, Pablo Azcona, fallecía de SIDA. Esta pérdida afectó su equilibrio personal y le dio un vuelco radical a su activismo. Él aprendió con la epidemia a poner el cuerpo, como siempre lo haría a lo largo de su trayectoria militante.
La familia de la persona con quien había compartido casi cuatro años de convivencia le reclamaba el departamento que ambos habían sostenido como la pareja que fueron. A la vuelta del entierro tomaron la decisión de echarlo del departamento que compartían ambos. Le dijeron que se llevara sus cosas y lo dejaron en la calle desconociendo su vínculo afectivo. En una entrevista “Nuestro problema es la herencia” realizada por el diario Página/12 (24 de febrero de 1994), con una sola frase sintetizó los cambios rápidos que marcaron su lucha al pasar de una década a la otra:
“Años atrás, la represión policial era nuestra principal preocupación. A partir de la epidemia del sida, nuestro mayor problema es la herencia”. Y proseguía “una recomendación del Parlamento Europeo para que los Estados igualen los derechos de los homosexuales y los heterosexuales, se fundamenta en la legislación de tres países –Noruega, Dinamarca y Holanda– y de más de cien ciudades europeas. Es el Contrato de Unión Civil o partenariato.
La historia en la cual la familia del gay fallecido desalojaba sin previo aviso al compañero de vida se repetía hasta el cansancio. Era un relato escuchado a diario por el equipo de profesionales de Gays DC que trabajaba las 24 horas con una línea telefónica de consulta contra la discriminación, donde la gente hacía sus denuncias.4
En 1993 se había perfilado la redacción del primer proyecto de Contrato de Unión Civil para parejas del mismo sexo5,aunque existió un antecedente de ese proyecto: el 15 de mayo de 1992, Gays DC se contactó con el jurista Daniel Borrillo, quien les envió el “Proyecto de ley tendiente a crear un Contrato de Unión Civil” más dos artículos.
El abogado y coordinador del área legal de esa agrupación, José Luis Pizzi explica su experiencia en una legislación tan progresista y adelantada a la época:
“Yo empecé solo, pero mucho antes que tomase una forma definitiva. Después hice los primeros bosquejos con Carlos y César Cigluitti también intervino. A continuación, el proyecto en concreto de Unión Civil lo llevó a cabo la jueza civil Graciela Medina, junto a César. En seguida, se unió bastante gente, varios abogados. Y la redacción definitiva fue de ella”.6
“Los propios homosexuales consideran que con la unión civil tienen un régimen jurídico que regulariza su situación y aceptan otro tipo de institución familiar”, argumentó Medina. Además, destacó que:
“Si las parejas del mismo sexo son consideradas como familias, se les debe dar la protección que la Constitución les da a todas las familias. Esto contempla muchos derechos civiles y también gran cantidad de consecuencias penales, porque si aceptamos ese concepto lo hacemos con todas sus implicancias”.
Un avance parlamentario que no pudo ser
Este proyecto fue presentado por el diputado socialista Héctor Polino y disponía de un folleto titulado “Por iguales derechos para lesbianas, gays y minorías sexuales al Congreso”, que cubría los reclamos más sentidos por los colectivos en cuestión. Entre ellos, aparecía el de “sancionar una ley de Contrato de Unión Civil que permita el reconocimiento legal de las relaciones de pareja entre dos personas del mismo sexo (derecho a la herencia, a la seguridad y previsión social; bienes gananciales; adopción de menores)”. De hecho, continuaba con una definición de la Unión Civil en los siguientes términos:
“los homosexuales no intentaban copiar el matrimonio entre un hombre y una mujer. Querían algo nuevo, diferente, que también sirviese a los heterosexuales”.
En cuanto a las reacciones previsibles de los sectores católicos frente a dicha demanda, en ese mismo artículo, Carlos apelaba a reivindicar la separación entre Iglesia y Estado:
“El Papa, la Iglesia Católica, los cristianos, tienen todo su derecho a tener esa consideración mientras no influyan en la legislación de los Estados”. Por último, en ese mismo artículo, sostenía que en una homilía reciente Juan Pablo II había condenado abiertamente a todo modelo de familia no heterosexual.
En abril de 1994, los medios de comunicación se hicieron eco del proyecto de legalización de las parejas homosexuales que el diputado Héctor Polino se había comprometido a llevar al Parlamento, como resultado de un acuerdo de la Unidad Socialista (US) con Gays DC, en el cual esta última organización se había hecho cargo de la elaboración de dicho anteproyecto. De haber prosperado, la Argentina se hubiera convertido en el primer país de América Latina y el Caribe –y en la tercera nación en el mundo– en contar con una norma de este tipo, tal como lo plantea la nota del Diario Popular “Conmoción por los casamientos de gays. Polémico Proyecto” (8 de abril de 1994).
El proyecto establecía que “toda persona física, sin distinción de sexo y con capacidad para contratar, puede ser parte con otra de un Contrato de Unión Civil” y que “las obligaciones entre sí y para terceros son equiparables a las que establece el Código Civil para cualquier ciudadano que contrae matrimonio, por lo que se deben protección y asistencia y el régimen patrimonial aplicable tendrá idénticos alcances que el que rige para todos los matrimonios”.
Además, se establecía que “quienes firmen un contrato de unión podrán optar por un régimen de separación de bienes y que quienes así lo hagan conservarán para sí la propiedad, administración y goce de los bienes que adquieran después de la celebración del contrato y que, en caso de deceso de una de las partes, la sobreviviente sustituye a la otra en la obligación”.
Por otra parte, se señalaba que la iniciativa sería analizada –luego de las elecciones para Convencionales Constituyentes del 10 de abril de 1994– por los militantes de Gays DC junto al diputado Héctor Polino, quien además debería hacerla extensiva a toda la bancada de la US. En realidad, la Unión Civil suscitaba una fuerte polémica entre los referentes más destacados del socialismo vernáculo, incluso, los viejos afiliados lo llamaban desde los lugares más remotos para preguntarle primero si era cierto, y acto seguido, se desafiliaban.7. Solo y sin apoyo, este legislador gestionó el tratamiento de ese proyecto. En realidad, tanto Alfredo Bravo y, en mayor medida, Norberto Laporta, ambas figuras referentes de la US limitaron su colaboración. De alguna manera, para ellos no era una propuesta salida de su propio riñón. Al menos, a Bravo levantar demandas sexuales de la comunidad gay, esto superaba las expectativas de un intelectual y docente socialista formado a la vieja usanza. Eran épocas en que la homofobia y el machismo asomaban sin mayores pudores. Esa propuesta significó una apuesta demasiado osada para la US, cuyo bloque no abrió la posibilidad de un consenso para ser presentado a futuro. Tampoco para una Cámara de Diputados que se encontraba ajena a todo tipo de demanda relacionada a la homosexualidad.
En esa época, las filas socialistas no eran las únicas que creían que la Unión Civil encarnaba a Satanás. Por otras razones, existían grupos de gays que también se oponían al contrato legal, al considerarla más como una preocupación del activismo estadounidense extrapolada al entorno local. Eran voces minoritarias, por cierto, dispuestas a radicalizar sus discursos, que sentían amenazadas sus agendas por “contaminación burguesa”. Se temía volver sobre instituciones que poco tiempo atrás habían sido impugnadas por su espíritu conservador y de normativa heterosexual, tales como la familia y el vínculo conyugal y, de alguna manera, soportes dominantes del régimen capitalista. Además, que fueron dispositivos que impugnaron la convivencia o contención de personas sexodisidentes. El voto de desconfianza al modelo contractual sexo/afectivo tuvo un límite: la muerte masiva de homosexuales por una enfermedad que hasta ese momento era desconocida, tanto como sus secuelas.
*Archivista, periodista, ensayista y activista feminista queer. Este artículo es un fragmento extraído del libro Orgullo. Una historia política de Carlos Jáuregui, Marea, 2026.
1 Lestrade, Didier “Act Up. Una historia de la militancia contra el sida” Buenos Aires: El Cuenco de Plata, Julio 2026, p.11.
2 López Seoane, Mariano, “La activista Sarah Schulman repasa la historia de ACT UP en su nuevo libro”, Buenos Aires: Página 12, 27 de agosto de 2021.
3 El 1º de octubre de 1991 se reunieron Carlos, Marcelo Ernesto Ferreyra, Alejandro Modarelli, César Cigliutti, Luis Biglié, Gustavo Pecoraro, Pablo Giúdice, Pablo González y Ricardo Damonte decidieron constituir una nueva agrupación. Gays por los Derechos Civiles (Gay DC), con domicilio legal en la calle Paraná 157, departamento F. Se autodisolvió en 1996.
4 Guardia, Carolina y Diego Romero, “Reportaje a Carlos Jáuregui”. En Filo Va con la gente, Año 2, n.º 6, Subsecretaría de Extensión Universitaria, Facultad de Filosofía y Letras, Universidad de Buenos Aires, julio-agosto de 1993 p. 24.
5 Guás, Luis, “José Luis Pizzi, alguien a quien el Papa no se anima a exorcizar” Buenos Aires: Confidencial. 5 de julio de 1993, n°. 10, p.17.
6 Entrevista realizada por la autora y Martín De Grazia, junio 2008.
7 S/R, “Una lagrimita por Héctor Polino”, Entre Ríos: El Miércoles Digital, 18 septiembre, 2022.




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